El senador nacional por La Rioja, Julio Martínez, apuntó contra el gobernador Ricardo Quintela acusándolo de impulsar la modificación de la Ley 6.267 que fue aprobada en la Legislatura provincial, y que permite a ex mandatarios percibir una pensión vitalicia y cualquier otro haber de carácter público.
“Nuestros diputados votaron en contra, pero el oficialismo impuso su mayoría automática”, aclaró Martínez en un hilo que publicó en su cuenta de Twitter; refiriéndose al proyecto que aprobó la Legislatura provincial en el mes de abril, a través del cual exgobernadores, exvicegobernadores y extitulares del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja podrán cobrar de ahora en adelante una pensión vitalicia que no pagará aportes sin importar si ocupan otros cargos en la función pública.
En ese marco, el senador nacional por la provincia de La Rioja (UCR-Juntos por el Cambio) precisó que “el art. 1° de la Ley N°6267 establecía una pensión mensual no remunerativa y no sujeta a aportes, para los Ex-gobernadores, vicegobernadores y presidentes del Tribunal Superior de Justicia, pero supeditaba dicho beneficio a la ‘ausencia de percepción de otros emolumentos’”. Es decir, que el proyecto de ley aprobado modifica el citado artículo, eliminando la restricción mencionada.
El proyecto de ley aprobado modifica el citado artículo, eliminando esta restricción. De ahora en más, cualquiera de los ex mandatarios podrá percibir de forma simultánea la pensión vitalicia y cualquier otro haber de carácter público.
— JULIO MARTINEZ (@JulioMartinezLR) May 17, 2022
“Es una decisión vergonzosa, que apunta a otorgar privilegios, mientras el resto de la sociedad, hundida en una situación económica y social dramática, reclama a la política honestidad y austeridad”, reclamó el legislador radical.
Dicha ley se modificó en la sesión que se llevó a cabo el 21 de abril pasado en la Cámara de Diputados de la provincia y fue aprobada por mayoría. El artículo modificado, quedó redactado de la siguiente manera: “Acuérdese a los ex Gobernadores, ex Vicegobernadores y ex Presidentes del Tribunal Superior de Justicia, una pensión mensual de carácter no remunerativo, no bonificable, ni sujeta a aportes, cuyo monto será fijado anualmente por la Función Ejecutiva Provincial”.
“De tal forma la pensión deja de ser incompatible con otros ingresos del beneficiario. De igual forma, en un 70% de su monto, tal cual figuraba en la ley vigente, será percibida por el cónyuge sobreviviente y sus hijos menores o incapaces”, se informó.