Contar con esta herramienta estadística, desarrollada por el INDEC, permitió que la Justicia tome el índice de crianza para las cuotas alimentarias y a pocos meses de haberse implementado ya existen en el país fallos en la materia.
El pasado 8 de marzo y en el Día Internacional de la Mujer, el ministro de Economía Sergio Massa anunciaba la construcción del Índice Crianza (IC). La metodología de estimación la realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC) y está compuesto por el costo de provisión de bienes y servicios esenciales para la primera infancia, la niñez y la adolescencia, y el costo del cuidado de niños/as.
Sirve para para saber cuánto destinan las familias a alimentar, vestir, garantizar vivienda, trasladar y cuidar niños, niñas y adolescentes. El “Índice Crianza” comenzó a difundirse mensualmente desde julio de 2023. Básicamente, incluye dos componentes: el costo mensual para adquirir los bienes y servicios para el desarrollo de los menores; y el costo del tiempo que demanda ése cuidado.
Contar con esta herramienta estadística permitió que la Justicia tomé el índice de crianza para las cuotas alimentarias y a pocos meses de haberse implementado existen en el país fallos en la materia.
En San Juan ya se aplicó la primera sentencia de cuota alimentaria por índice de crianza. Lo hizo la jueza de Familia de Primera Nominación que dictó un fallo inédito de San Juan y posicionando a la provincia entre las primeras del país en implementar el nuevo “Índice Crianza” elaborado por el INDEC. La información publicada en el sitio sanjuan8 cuenta que la causa resuelta por la jueza López fue promovida en junio de 2020, y se inició con un “acuerdo extrajudicial pendiente de homologación entre los progenitores por haber articulado un planteo posterior el progenitor, quien luego incumple con sus compromisos, obligando a la progenitora en reiteradas ocasiones a peticionar que se lo inste judicialmente a hacerlo”.
La resolución establece que “el incumplimiento del pago de los alimentos del progenitor con relación a sus hijas e hijos configura un supuesto de violencia económica contra las madres, quienes no sólo deben asumir el cuidado personal de las niñas, niños y adolescentes, sino también soportar en forma exclusiva el costo económico de su crianza”.
La jueza de Familia de Villa La Angostura, Eliana Fortbetil, emitió una resolución que determinó la cuota de alimentos con base en la Canasta de Crianza que elaboró el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). La decisión se suma a la adoptada en la provincia de Buenos Aires y demuestra que los Tribunales están receptando los aportes de esta nueva herramienta estadística publicó el portal palabras del derecho.
En el caso, el Defensor de los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, solicitó a la Justicia disponer de medidas de protección sobre un niño en situación de violencia familiar. Particularmente solicitó se le otorgue la guarda a su abuela y se le prohíba a la pareja de su madre acercarse y comunicarse a ellos, a mérito de ser el autor del maltrato y violencia sufrida.
Tras ponderar los informes realizados por el equipo interdisciplinario y otro expediente judicial que tramitó en el Juzgado de Familia de Cutral Co, concluyó que la progenitora no está abierta al diálogo con su hijo, que continúa viviendo con su pareja y que se resiste a la intervención de los organismos locales, lo que entendió da cuenta de su falta de problematización al respecto.
Por ello, entendió que mantener -la anteriormente otorgada- guarda temporal del niño a su abuela era lo ajustado a derecho (conforme el art. 657 del Código Civil y Comercial de la Nación, CCCN), y la renovó por un nuevo año.
No obstante, puso de resalto que la madre es víctima del círculo de violencia en el cual se encuentra y que, por tanto, otorgar la guarda definitiva del niño resultaba apresurado, sin antes no intentar trabajar al respecto. Por lo cual dispuso brindarle un espacio de contención “donde pueda adquirir las herramientas necesarias para fortalecerse, trabajar su autovaloración y autoestima, pensar por sí misma y sobre todo, para que pueda tomar real dimensión de situaciones que ha naturalizado y de lo que se decide en este proceso”. A su vez que le mandó a la Autoridad de Aplicación de la Ley 2302 local realizar un abordaje con el grupo familiar.
Con relación a las provisiones necesarias que la abuela necesitará para seguir a cargo del cuidado del niño, la jueza dispuso otorgarle una cuota alimentaria. Para construirla tuvo en cuenta la canasta que en el mes de Julio del 2023 el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) presentó sobre la primera infancia, la niñez y la adolescencia (0 a 12 años).
La titular del Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 3 de San Luis, Ana Belén Villegas, aplicó el índice de la canasta de crianza en una sentencia por una demanda de alimentos. El fallo fue emitido el 11 de agosto y tomó como base ese índice, es decir, $93.932 para un niño de 6 a 12 años publicó el diario de La Republica de San Luis.
Al tener en cuenta la cifra como gasto total de la manutención del menor de edad, la magistrada fijó los porcentajes en 35% para la mamá y 65% para el papá. Para esta diferencia porcentual tuvo en cuenta que el niño vive con su madre y ella se encarga de las tareas de cuidado, que también tienen un valor económico.
El fallo de la jueza de Lomas de Zamora, Belén Loguercio determinó “Fíjar la cuota alimentaria provisoria, en el equivalente al 50 por ciento de la CANASTA DE CRIANZA fijada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) para la franja etaria de 6 a 12 años”, Es la primera sentencia judicial en la provincia de Buenos Aires que se sustenta en el índice o canasta de crianza.
La Rioja cuenta con el Registro de Deudores Alimentarios (REDAM) que depende del Ministerio Público de la Defensa. Se trata de un registro creado mediante la sanción de la ley 7.295 (2002) en el ámbito de la Defensoría General del Ministerio Público de la Función Judicial que lleva una base de datos con los nombres de las personas deudoras alimentarias en mora. Tales datos se entregan ante requerimientos de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que acrediten un interés legítimo, y comunica el listado de personas incluidas en las tres Funciones del Estado Provincial, Municipios y Entes Descentralizados y Autárquicos.
El costo de los cuidados
La Canasta Crianza para niños de entre uno y tres años se disparó 16,4% en julio y se ubicó en $142.436, según la información publicada por el INDEC en el mes de.
La estimación de la canasta de crianza se realiza para cuatro tramos de edad, agrupados según los niveles de escolarización de infantes, niñas, niños y adolescentes, definidos entre menores de 1 año, de 1 a 3 años, de 4 a 5 años y de 6 a 12 años.
Canasta de crianza – agosto 2023
Costo de bienes y servicios costo del cuidado:
- $131.201 para menores de 1 año.
- $154.729 para infantes de 1 a 3 años.
- $123.712 para los tramos de 4 y 5 años
- $155.916 para niños, niñas y adolescentes de 6 a 12 años.