Acusados de negligencia y mal desempeño por absolver a los autores del crimen, los dos jueces involucrados serán juzgados tras una decisión unánime del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados bonaerense. Además, se resolvió retirarles el 40% del sueldo.
Se trata de Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel acusados del femicidio de Lucia Pérez (16), cometido en el 2016 en Mar del Plata. Dicha resolución fue revocada por la Cámara de Casación el año pasado.
Las acusaciones presentadas por legisladores nacionales, el Procurador General de la provincia, la Comisión Bicameral, el Defensor del Pueblo bonaerense; y por la madre, el padre y el hermano de la víctima, fueron admitidas y los dos jueces fueron suspendidos provisoriamente en sus funciones para ser sometidos a un jury. Para ello, deberán presentarse las respectivas pruebas para dar inicio al debate público -cuya fecha aún no fue dispuesta- y determinar si se los destituye o no de sus cargos.
Además, el Jurado resolvió que aparte de la suspensión de los magistrados, también se les embargue el 40 por ciento de los sueldos.
En ese marco, el nuevo juicio que ordenó la Suprema Corte de Justicia Bonaerense queda de la siguiente manera: por un lado, se juzgará de nuevo a los tres sospechosos del abuso sexual y asesinato de la adolescente; y, por otra parte, se hará lugar a la acusación por mal desempeño contra los jueces del Tribunal Oral Criminal N°1 de Mar del Plata que absolvieron a los acusados en el primer debate.
Al respecto, la directora Jurídica y Técnica de la Defensoría del Pueblo bonaerense, Cecilia Rodríguez, consideró “ejemplar” la suspensión de los jueces y aseguró que la medida adoptada por el Jurado de Enjuiciamiento “es un paso adelante para que la perspectiva de género sea un elemento central a la hora de juzgar”.
En tanto, entre los argumentos de la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados, se señaló que “la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes”.
Asimismo, en el informe se cuestionó que el TOC 1 se enfocó en “indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal”.