Desde el Ministerio Público Fiscal dieron a conocer detalles del caso “Arcoíris”

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El Pendulo
Periodista

El organismo judicial reveló que existen 29 denuncias cruzadas entre los progenitores de la niña, En algunos casos se promovieron acciones por los supuestos delitos de “impedimento de contacto, desobediencia, lesiones, entre otros”.

 

Desde el Ministerio Público Fiscal de la provincia emitieron un comunicado en relación al caso que involucra a una niña de 6 años y que tomó estado público a nivel nacional.

Desde el organismo judicial indican que “dentro del deber de cuidado y resguardo a la intimidad de la misma (por la niña), resulta trascendental la información que se hace pública. Por ello, atendiendo al interés superior de la misma como norte, resulta necesario saber que: Ante este Ministerio Público Fiscal se radicaron 29 denuncias, por parte de ambos progenitores”.

“Estas fueron evaluadas por los fiscales correspondientes y del análisis surgieron que en algunos casos correspondía la promoción de acción por ser las mismas, en principio, constitutivas de delitos, que van desde el impedimento de contacto, desobediencia, lesiones, entre otras”, informaron.

Denuncias contra el abuelo paterno

El comunicado agrega: “En relación a las denuncias sobre abuso sexual contra el abuelo paterno de la niña, la primera de ellas, el juez de instrucción resolvió el sobreseimiento del imputado, la segunda del año 2018, la jueza de instrucción en violencia de género dictó el sobreseimiento en virtud de las declaraciones de la niña en cámara gesell, el informe del laboratorio genético (ADN), y el protocolo de ASI (Abuso Sexual Infantil), que determinaron que no existió abuso en contra de la menor,  la tercera y cuarta denuncia de marzo del año 2022, por un hecho supuestamente ocurrido en octubre del año 2021 (ya que la misma se presentó tanto por el Ministerio Publico Fiscal como en la Unidad de Asuntos Juveniles de la Policía de la Provincia), fuera archivada desde este Ministerio Público Fiscal, en virtud del protocolo de ASI, que así lo determinaba, por no constituir delito el hecho denunciado”.

PROTECCIÓN DE UNA MENOR DE SEIS AÑOS

Situación de los progenitores

Posteriormente, desde le MPF aseguran que, “en virtud de las denuncias sobre impedimento de contacto y desobediencia en contra de la progenitora, existen 7 causas de impedimento de contacto de menores con el progenitor no conviviente, y 4 causas por desobediencia a la autoridad por haber sido notificada de resoluciones judiciales y haber incumplido lo establecido en ellas”.

“En el mismo sentido se encuentra imputada por desobediencia a la resolución judicial de no publicar información sobre el caso una periodista del medio, por haber sido notificada de la prohibición y no haberla cumplido”, añadieron.

Asimismo, “en el marco de las denuncias de lesiones, la progenitora se encuentra imputada por lesiones leves calificadas por el vínculo en contra de la niña, y el progenitor se encuentra imputado por lesiones leves en contra de la abuela materna de la niña”.

En otros casos, los hechos denunciados no contenían los elementos de ningún tipo penal, por lo que no constituían delito sin perjuicio de la afectación de derechos de orden civil que pudiera corresponder, y que por lo tanto se dictaminó el archivo de las actuaciones.

Por último, desde el organismo destacan que “es importante resaltar que cada uno de los planteos de las partes fue oído, analizado, cotejado con la normativa tanto de los tratados internacionales vigentes, como la normativa nacional aplicable al caso, y se obró en consecuencia, reiterando que el objetivo que no hay que perder de vista es la vulnerabilidad de la niña, y la protección de la misma, asegurándole el ejercicio de todos sus derechos”.