Se trata de la firma comercial que funciona bajo el nombre de fantasía “Viviendas del NOA”. Fue clausurada por seis días por incumplimiento contractual y por violación a la ley 24.240.
La Subsecretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor clausuró por seis días corridos a la firma comercial que gira bajo el nombre de fantasía “Viviendas del NOA”, dedicada a la construcción de viviendas industrializadas.
En ese sentido, y de manera argumentativa, señalaron que el Art. 8 bis de la ley 24.240 establece que los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno a los consumidores y usuarios.
Mientras que el Art. 10 bis indica que el incumplimiento de la oferta o del contrato por el proveedor, salvo caso fortuito o de fuerza mayor, faculta al consumidor a exigir el cumplimiento forzado de la obligación siempre que ello fuere posible; aceptar otro producto o prestación de servicio equivalente, o a rescindir el contrato con derecho a la restitución de lo pagado, sin perjuicio de los efectos producidos, considerando la integridad del contrato.
Asimismo, el Art. 19 expresa que “quienes presten servicios de cualquier naturaleza están obligados a respetar los términos, plazos, condiciones, modalidades, reservas y demás circunstancias conforme a las cuales hayan sido ofrecidos, publicitados o convenidos”.
Y, por último, se trajo a colación el Art. 46 que establece que el incumplimiento de los acuerdos conciliatorios se considerará violación a la mencionada ley, siendo el infractor pasible de sanciones.
En ese marco, desde la Subsecretaría de Comercio Interior y Defensa al Consumidor, sostuvieron que, sujetos a la ley, tiene por objeto velar y proteger a las y los consumidores riojanos ante situaciones de vulneracion de sus derechos.