El TSJ hizo lugar a la medida cautelar presentada por un grupo de vecinos en contra de la empresa de estacionamiento medido. De esta manera, la empresa Estacionalo no podrá seguir cobrando por el servicio en la ciudad.
“El estacionamiento fue concedido mediante un decreto de la intendenta y ese proceso estuvo mal. Como hubo pasos que se saltearon, el planteo es que ese contrato es ilegal e ilegitimo y por ende, para el cobro de las multas la empresa no está facultada”, afirmó el abogado Matías Cuco en declaraciones a Radio La Red.
El Superior Tribunal declaró “formalmente admisible la Acción de Amparo Colectiva interpuesta, conforme los fundamentos expuestos en los Considerandos”. Hizo lugar a la medida cautelar de no innovar y ordenó la suspensión del cobro del estacionamiento medido por parte de la empresa concesionaria Estacionalo S.R.L”.
Además, el TSJ estableció “la suspensión de los efectos del acto administrativo de concesión del servicio público de estacionamiento medido, hasta que recaiga sentencia de fondo en la presente Acción de Amparo Colectiva”.