En 2022, en La Rioja se practicó más de medio millar de IVE/ILE

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El Pendulo
Periodista

En el pasado mes de diciembre, la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) cumplió 2 años de su sanción. Desde el Ministerio de Salud de la Nación publicaron un informe anual del 2022 el cual revela que en ese periodo -hasta septiembre de dicho año-, en La Rioja se practicaron 555 IVE/ILE.

El mencionado informe fue elaborado por la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (DNSSR) para ofrecer información sobre el trabajo que desarrolla la DNSSR de la Secretaría de Acceso a la Salud del Ministerio de Salud de la Nación para la implementación de dicha normativa en el territorio nacional, los logros obtenidos y los desafíos futuros.

Según este documento, de acuerdo al alcance de la implementación, se informaron un total de 59.267 IVE/ILE realizadas en 2022 en todo el territorio nacional al mes de septiembre. En el caso de La Rioja la cifra registrada es de 555.

Al 30 de septiembre, 1443 efectores del sistema público de salud en todo el país informaron haber practicado interrupciones del embarazo. Esto constituye un 59,8 % más que lo declarado en el 2020 (903 efectores) y un 7,5 % más que en 2021 (1342 efectores). La Rioja cuenta con 27 efectores que garantizan la práctica.

Entre enero y septiembre de 2022 las provincias informaron 59.267 interrupciones en condiciones seguras en el sistema público de salud, y 73.487 en 2021. Fueron realizadas además 187 asistencias técnicas a las provincias para la resolución de situaciones de interrupción voluntaria e interrupción legal del embarazo (IVE/ILE), y la línea telefónica 0800 222 3444 de Salud Sexual recibió, entre enero y octubre de este año, 13.752 consultas por IVE/ILE, mientras que en todo el 2021 fueron 17.943.

La Ley 27.610 regula el acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar. Es de aplicación obligatoria en todo el país y a partir de esta norma las mujeres y personas con otras identidades de género tienen derecho a interrumpir su embarazo: hasta la semana 14, inclusive, sin tener que explicar los motivos de su decisión; y cuando el embarazo sea resultado de una violación o si está en peligro su vida o su salud. Se trata de una ley de orden público, por lo cual es de aplicación obligatoria en todo el país y de cumplimiento obligatorio por el sistema público de salud, obras sociales y prepagas que deben garantizarlo en forma gratuita.

Asimismo, todas las personas tienen derecho a la atención post aborto más allá de si el mismo se produjo o no en las situaciones previstas por la ley, y al acceso a métodos anticonceptivos.

La norma también establece que los equipos de salud tienen un plazo máximo de 10 días para garantizar el aborto desde su solicitud, y que la atención debe realizarse de manera segura y confidencial, con trato digno y respeto de la privacidad.