Condenaron a un hombre por agredir a su pareja

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El Pendulo
Periodista

La Justicia resolvió condenar a un hombre a la pena de un año y seis meses de prisión de cumplimiento condicional, por considerárselo autor culpable del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo en grado de violencia de género en flagrancia.

Luego de un juicio abreviado, la sala unipersonal de la Cámara Tercera en lo  Criminal y Correccional a cargo de la jueza Sara López Douglas, resolvió condenar a Roberto Carlos Agüero, por agredir a su pareja.

Asimismo, la magistrada resolvió declarar que el presente caso enmarcado como Violencia en Contra de la Mujer; por lo que el condenado deberá cumplir por el término de tres años reglas de conducta, como fijar domicilio y comunicar cualquier cambio del mismo. También, tendrá prohibido ausentarse de la ciudad sin previa autorización judicial; no cometer nuevos delitos; abstenerse de consumir estupefacientes y no abusar de bebidas alcohólicas.

Además, se le prohibió a Agüero acercarse al domicilio de la víctima (ex pareja e hijo) y a lugares de frecuencia habitual en un radio no menor de 300 metros, prohibición de comunicación por cualquier medio y hacer un tratamiento psicológico para asumir conductas con perspectiva de género y evitar actos de agresión hacia el género femenino.

En cuanto al hecho por el que es condenado Agüero, el mismo dicta fecha del 10 noviembre 2023, en circunstancias en que el procesado se encontraba en el domicilio de su novia, quien se constituye como la víctima, en el barrio Francisco Primero. En medio de una discusión,  Agüero le pega un golpe de puño en la cabeza para después darse a la fuga, momento que la víctima hace un llamado telefónico al 911 informando lo sucedido., Posteriormente, el acusado es aprehendido a pocos metros del lugar del hecho, siendo trasladado a dependencia policial.

Finalmente, se informó que se envió oficios a la Unidad de Asistencia a la Víctima, a la Secretaría de la Mujer y a la Oficina de Género del Tribunal Superior de Justicia para asistir a la víctima.

Fuente: Tribunal Superior de Justicia

 

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Por: María Vázquez

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